SCJN confirma el derecho de las parejas del mismo sexo a seguridad social

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró que las parejas del mismo sexo tienen derecho a recibir todos los beneficios de la seguridad social.

Este miércoles, los ministros de la Segunda Sala revisaron un amparo en el que un hombre exigió la pensión por viudez al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tras el fallecimiento de su pareja del mismo sexo, con quien vivía en concubinato.

A pesar de que su pareja era trabajador asegurado, el IMSS rechazó su solicitud, pues la Ley del Seguro Social establece que sólo tienen derecho a la pensión las parejas conformadas por un hombre y una mujer.

Los ministros resolvieron que ese artículo, que regula las pensiones del IMSS, es inconstitucional pues condiciona el disfrute de la pensión a que el solicitante sea de un sexo diferente al trabajador o pensionado fallecido, lo cual es discriminatorio, contrario al derecho a la igualdad y violatorio del derecho a la seguridad social y el derecho de protección a la familia.

Por ello, otorgaron el amparo de la justicia al viudo, ordenando al Instituto Mexicano del Seguro Social el pago de la pensión correspondiente.

FUENTE: noticieros.televisa.com