El organismo indicó al presidente que solo podría dar a conocer información fiscal de Loret de Mola en caso de que los recursos sean “recibidos directamente del erario público”, o de tener “el consentimiento previo” del periodista, “el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada”.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) indicó hoy que no cuenta con facultades constitucionales para investigar la riqueza de Carlos Loret de Mola, y recordó al presidente Andrés Manuel López Obrador que, como cualquier otro servidor público, debe cumplir “de forma irrestricta con los principios y deberes de la Ley General de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados”.
Por ello, le indicó que solo podría dar a conocer información fiscal de Loret de Mola en caso de que los recursos sean “recibidos directamente del erario público”, o de tener “el consentimiento previo” del periodista, “el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada”.
El INAI invitó a López Obrador a “dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados” a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) como lo haría cualquier ciudadano, pues le recordó que el INAI “no posee un repositorio físico o electrónico de los archivos de los diversos entes públicos a nivel federal”.
Desde que el presidente envió su carta al organismo autónomo para que se pronunciara sobre una investigación a Loret de Mola y sobre la divulgación de información financiera sobre sus ingresos, era evidente el sentido de la respuesta del INAI, pues el organismo no está facultado para llevar a cabo indagaciones, y menos contra personas privadas.
Faltaba observar la manera en que el INAI indicaría al mandatario su negativa: lo hizo hoy, mediante una carta de respuesta que leyó su presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena durante la apertura de la sesión ordinaria.
La respuesta del INAI tiene un tono muy institucional y legal, y no hace referencia a los ataques del presidente contra la institución. Tras afirmar que actúa “en estricto apego al marco constitucional y legal vigente” y al “principio de legalidad”, le planteó:
“Siendo así, y en referencia a su petición consistente en que este instituto lleve a cabo una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que posee el Sr. Carlos Loret de Mola, socios y familiares, se le informa que el INAI no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada”.
El INAI sugirió a López Obrador requerir información, mediante la PNT, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), y registros públicos de la propiedad, para que estas instituciones determinen si le entregan la información o la reservan.
Aparte, ante la petición de López Obrador de poder divulgar “facturas y comprobantes sobre los ingresos del señor Loret de Mola” en ejercicio de su “derecho a la libertad de información y expresión”, el organismo recordó al mandatario que existen dos artículos de la Constitución, el 6 y el 16, que protegen los datos personales y la privacidad de todos los ciudadanos.
Recalcó que la decisión de dar a conocer “un comprobante con requisitos, fiscales, factura o cualquier otro documento con características similares de una persona física identificada o identificable” que contenga información patrimonial, es “potestad de la persona a quien pertenece estos datos personales”.
“Este instituto hace hincapié en que todas las instituciones del Estado mexicano así como todas las personas servidoras públicas están obligadas a cumplir de forma irrestricta con los principios y deberes de la Ley General de Datos Personales en posesión de sujetos obligados”, abundó.
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