Estas son las multas por NO activar el buzón tributario del SAT

Al estar en el RFC tienes la obligación de activar este medio de contacto con la autoridad fiscal, además de tus datos como el número celular, correo electrónico y domicilio.

Toda persona o empresa que esté en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene asignado un buzón tributario.

El artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF) detalla que el buzón tributario es el medio de comunicación electrónico oficial para la comunicación del SAT con el contribuyente, al cual se puede acceder desde la página de internet del SAT.

¿Para qué sirve el buzón tributario?

Sirve para que el SAT te notifique de cualquier acto o resolución administrativa que emita en documentos digitales, como una discrepancia fiscal para resolver, recordatorios para presentar declaraciones mensuales, mensajes de interés.

También a través de este canal los contribuyentes pueden dar cumplimiento de requerimientos de la autoridad, presentar promociones, solicitudes avisos, además de realizar consultas sobre su situación fiscal.

¿Cómo activarlo?

1.- Accede. Para activar tu buzón tributario accede a la página del sat.gob.mx ahí del lado derecho hay un apartado en color verde que dice Buzón Tributario, das clic ahí, te redirigirá a un sitio para que ingreses a través de tu RFC y clave, o RFC y firma electrónica, más un captcha para comprobar que no eres un robot.

2. Configura. Elige la opción Configuración y llena el formulario de medios de contacto. Debes registrar tu correo electrónico y el número de tu teléfono celular.

3. Confirma tus medios de contacto. Para el correo electrónico da clic en el vínculo que llegará a tu correo, y para el teléfono celular ingresa el código enviado a tu teléfono vía SMS en el formulario de medios de contacto. Después entra al Buzón Tributario, opción Configuración y registras el código donde se lee “Captura el código de activación que te envíamos por SMS”. Da continuar y listo, quedará activado tu buzón electrónico.

¿Quién está obligado a activarlo?

Toda persona, ya sea física o una empresa que cuente con RFC del SAT cuenta por default con un buzón tributario, que por obligación debe activar, además de mantener los medios de contacto con el SAT actualizado, refiere también el artículo 134 del CFF.

¿Qué pasa si no me doy de alta en el buzón tributario?

El artículo 86-C del CFF considera infracción el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto.

A quien cometa la infracción se le impondrá una multa va puede ir de los 3,420 pesos a 10,260 pesos.

¿Cómo sé si tengo notificaciones en el buzón o cuando no me llegan?

Puedes revisar tu buzón tributario periódicamente, accede al buzón, con tu clave, o firma electrónica, da clic en la sección Mis Expedientes, ahí encontrarás: tus documentos, notificaciones y comunicados de parte del SAT.

Tu buzón tributario estará ligado al correo electrónico que proporcionaste, cuando te llegue una notificación o comunicado de parte del SAT, te llegará un aviso a tu correo electrónico. Pero este es solo una notificación, no debe contener enlaces, verifica que la cuenta de origen sea buzontributario@sat.gob.mx y entra por tu propia cuenta a tu buzón tributario para corroborar que te llegó mensaje de la autoridad, al abrir el documento, el SAT sabrá cuando lo leíste y dará por hecho que estás enterado de la situación o requerimiento.

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