INE tumba 3 spots de Xóchitl Gálvez; investigará si Samuel García incurrió en actos anticipados de campaña

La Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral pidió al PAN y PRD retirar y sustituir los promocionales por no identificar a la panista como “precandidata”

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó la suspensión de tres spots de la precandidata del Frente Amplio por México (FAM), Xóchitl Gálvez, por no cumplir con los requisitos previstos por el organismo para la etapa de la precampaña; al tiempo que ordenó investigar a fondo si el emecista Samuel García incurrió en actos anticipados de campaña en promocionales difundidos en redes sociales.

Hace unos días el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) denunció a Xóchitl Gálvez y al Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por la difusión de tres promocionales en los que aseguró que no se precisaba que Gálvez Ruiz es “precandidata”, al tiempo que aparece una persona menor de edad.

Ante estos hechos, la Comisión consideró que los materiales denunciados no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), “pues deben señalar la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez Ruiz de manera expresa, tanto por medios gráficos como auditivos; razón por la cual estimó que los materiales denunciados podrían configurar una sobreexposición de la denunciada, lo que justifica la procedencia de la medida cautelar”.

Por ello la Comisión de Quejas determinó que tanto el PAN como el PRD deberán sustituir los promocionales, en un plazo no mayor a seis horas, y las concesionarias de televisión que estén obligadas a la transmisión deberán detenerla en un plazo que no podrá exceder de 12 horas.

El PAN y el PRD podrán volver a subir los spots una vez que estén corregidos. (Prensa/Xóchitl Gálvez)El PAN y el PRD podrán volver a subir los spots una vez que estén corregidos. (Prensa/Xóchitl Gálvez)

Respecto a la tutela preventiva, el órgano electoral determinó improcedente ordenar al PAN y al PRD que se abstengan de realizar todo acto de propaganda calumniosa o actos anticipados de campaña en la producción de sus promocionales en radio y televisión, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Sobre la aparente vulneración al interés superior de la niñez, el colegiado concluyó que no resulta procedente suspender dicho promocional, pues del análisis a la imagen mencionada se estima que no corresponde a una persona menor de edad.

En lo referente a la calumnia, se estimó que ninguna de las expresiones contenidas en los spots se refiere a Morena, sino que se refieren a hechos propios de la denunciada, por lo que no hay afectación al partido.

Investigarán actos anticipados de campaña de Samuel García

La Comisión deberá reunir más pruebas sobre la denuncia contra Samuel García. (REUTERS/Daniel Becerril)La Comisión deberá reunir más pruebas sobre la denuncia contra Samuel García. (REUTERS/Daniel Becerril)

La Comisión también atendió una denuncia realizada por Acción Nacional en contra del partido Movimiento Ciudadano (MC) y su precandidato, Samuel García Sepúlveda, por realizar actos de carácter proselitista y difundirlas a través de las redes sociales cuando aún estaba activo como gobernador de Nuevo León.

El PAN también interpuso una queja por la difusión de los promocionales denominados “TÚ YA ME CONOCES, FUTURO y ME DIJERON QUE NO HABÍA LUGAR”, en sus versiones de televisión y radio, pues a decir del quejoso, incumplen con las reglas de difusión para la etapa de precampaña.

En este caso, la Comisión ordenó por mayoría de votos devolver el asunto a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral para que se realicen mayores diligencias.

Info BAE