La Corte abre la puerta a que niños del IMSS obtengan implantes cocleares

Al avalar un amparo solicitado por un niño para recibir del IMSS un implante coclear, que le ayude a escuchar y aprender a hablar, la Suprema Corte asentó un poderoso precedente en la protección a los infantes con discapacidad sensorial auditiva.

CIUDAD DE MÉXICO .– La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que los niños que reciben atención médica en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y requieren la colocación de un implante coclear lo obtengan mediante amparos.

El 6 de septiembre último, a propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, los cinco integrantes de la Segunda Sala votaron por declarar inconstitucional el artículo 42, fracción II del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, que excluye del seguro de enfermedades y maternidad los aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.

El fallo de la Corte consideró que dicho precepto vulnera el derecho a la protección de la salud y a la seguridad social de niños y adolescentes que padecen una discapacidad sensorial auditiva.

En consecuencia, los ministros acordaron conceder el amparo a un pequeño de ocho años que, desde antes de cumplir los cinco, solicitó la protección constitucional para recibir el implante que le ayudaría a escuchar y a aprender a hablar.

“El excluir del seguro de enfermedades y maternidad los aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas se impide que tales prestaciones se les concedan directamente por el instituto, o bien, indirectamente a través de otros organismos integrantes del sistema nacional de salud, mediante la celebración de convenios de subrogación, coordinación y colaboración”, explicó el ministro Pérez Dayán en el proyecto avalado por la Segunda Sala.

Unidad médica del IMSS. Atención a pequeños pacientes. Foto: Fernando Camacho

Al tratarse de una sentencia aprobada por unanimidad de votos, el criterio con el que la Corte ordena al IMSS no aplicar esta porción del artículo 42 del Reglamento de Prestaciones Médicas puede ser invocado por cualquier otro menor de edad que sea candidato a la colocación de un implante coclear para que, vía un amparo, el Seguro Social no pueda negarle el procedimiento médico.

Historia que se hizo historia

La sentencia de la Corte sentó así un precedente que puede beneficiar a miles de niños que, una vez que acrediten ser candidatos, requieran que el IMSS les proporcione sus implantes cocleares.

Los menores de edad que tienen estos padecimientos luchan a contrarreloj para que las autoridades de salud les proporcionen estos servicios, pues médicamente se recomienda la colocación de un implante coclear antes de los cinco años para que puedan escuchar y aprender a hablar; de lo contrario, aunque puedan eliminar la discapacidad auditiva, existe el riesgo de que no aprendan nunca el lenguaje hablado.

Esta advertencia, además de la negativa del IMSS, fue informada a los padres de Aniel, pequeño al que la Corte le concedió el amparo el 6 de septiembre último, quien todavía deberá esperar a que el Máximo Tribunal publique su sentencia y la notifique al Seguro Social para que le obligue a realizarle el procedimiento.

“Se informa a la madre que el IMSS no proporciona el implante coclear en ninguna unidad médica hospitalaria a nivel nacional, por lo que se sugiere solicitar apoyo al DIF nacional o instituciones de beneficencia, ya que el paciente cuenta con pb autismo”, señala la nota médica NNS 2407-86-2579 expedida por el instituto el 9 de diciembre de 2019.

Por ello, el fallo ordena al IMSS y al secretario de Salud “implementar los mecanismos que estimen convenientes para que se otorgue al menor quejoso la atención médica integral que requiere, incluyendo la colocación del implante coclear o cualquier otro dispositivo que, en su caso, resulte apto para el tratamiento de la discapacidad sensorial auditiva que padece, así como la rehabilitación correspondiente, siempre que ello resulte acorde con su condición actual de salud”.

En entrevista con Proceso, las abogadas que representaron a Aniel en el juicio de amparo, Dolores Aguinaco Bravo, presidenta de la Fundación Barra Mexicana de Abogados, y María Dolores Aja Aguinaco, consideraron que la sentencia de la Segunda Sala puede abrir el camino para todas aquellas personas que padecen hipoacucia bilateral, que no pueden escuchar, y que por estar afiliados al IMSS no podían recibir el implante por no estar en el catálogo de los servicios que otorga el instituto.

Pues al declarar inconstitucional la fracción que impide al IMSS otorgar este servicio, incluso vía otros organismos mediante convenios de colaboración, es posible que, con amparos, los jueces obliguen al instituto a buscar alternativas para que sus derechohabientes reciban los implantes cocleares.

Ministro Pérez Dayán. Jurisprudencia. Foto: Montserrat López

“La sentencia es jurisprudencia; y obligatorio, el criterio para los jueces y magistrados del Poder Judicial y de las entidades federativas, pero no significa que salga o se expulse el artículo de la norma general”, aclaró Aguinaco Bravo. 

“Cualquier ciudadano tendría que hacer valer el criterio en un juicio de amparo para que le sea aplicado”.

Además de Aniel, Aguinaco Bravo representa pro bono a otros tres niños que necesitan implante coclear, a quienes el IMSS ya les negó el procedimiento.

“No es sólo un problema del IMSS, en provincia hay doctores que se han portado muy mal en el sentido de que dicen que para qué colocar el implante, pues es tanto como darle un Ferrari a alguien que no sabe manejar, esos son los términos que han usado los médicos en provincia”, denunció.

Impacto de la austeridad oficial

La presidenta de la Fundación BMA consideró que esta negativa a realizar las cirugías de implantes cocleares no sólo derivan de un ordenamiento legal –como ocurre con el reglamento del IMSS–, sino que también son consecuencia de los recortes presupuestales realizados por el gobierno federal en materia de salud.

“Estas cirugías son caras, así como el implante, por eso quieren relegar el servicio y solamente mediante amparo podemos obligar a las autoridades a que cumplan con este derecho”, dijo.

Anteriormente, agregó, el programa Seguro Médico Siglo XXI, que formaba parte del Seguro Popular que el gobierno de la 4T desapareció, sí realizaba estas cirugías, “pero al cancelar el programa por costoso dejaron de prestar este servicio”.

Antes del caso de Aniel, el despacho representó a una pequeña que, aunque ganó el amparo y le fue colocado un implante coclear, el aparato que recibió es obsoleto, por lo que su familia ni siquiera puede darle el mantenimiento requerido y al que están obligados por tratarse de un implante propiedad del Estado mexicano.

“En este caso vamos a tener que luchar otra vez para que se lo quiten y le pongan otro que sí sirva y pueda seguir su tratamiento, pues ella ya pasó por un primer litigio contra el IMSS”, detalló María Dolores Aja Aguinaco.

Hacienda pelea contra las niñas

En diciembre de 2022 Proceso documentó (No. 2407) la historia de Wendy y Blanca, cuyos nombres fueron modificados por razones de seguridad, dos pequeñas que recibían atención médica vía el programa Seguro Médico Siglo XXI y que se vieron afectadas por su desaparición, pues requerían cirugías para colocación de implantes cocleares y estaban en riesgo de quedar sordas de por vida.

Con la tramitación de sus amparos, las pequeñas consiguieron que el juez Segundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, Germán Cruz Silva, les concediera una suspensión en la que ordenó a la administración de Andrés Manuel López Obrador a realizar las cirugías necesarias para colocar los implantes que las niñas requerían.

Las pequeñas ya habían cumplido con el protocolo necesario para que el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) determinara que eran candidatas para recibir los implantes cocleares, pero el servicio les fue negado bajo el argumento de que el gobierno federal no cuenta con dichos aparatos, pero que, si los adquirían de manera externa, podían realizarles la cirugía.

Los implantes tienen costos que superan los 500 mil pesos y las familias de ambas niñas son de escasos recursos, razón por la que ni siquiera contaban con servicio de IMSS o ISSSTE y se afiliaron en su momento al desaparecido Seguro Popular.

Cuando presentaron sus demandas Wendy tenía cuatro años y cinco meses, y Bianca, cuatro años y ocho meses, por lo que luchaban a contrarreloj para evitar quedar sordas y mudas permanentemente.

Clara Luz Álvarez, abogada que asesoró a las familias de las pequeñas para tramitar los amparos vía la Fundación RENACE SLP, informó en entrevista que gracias a las suspensiones concedidas desde el año pasado las niñas fueron implantadas y actualmente se encuentran aprendiendo el lenguaje oral.

“El juez de Distrito le otorgó el amparo a las dos nenas. Sin embargo, las en concreto el Insabi (Instituto de Salud para el Bienestar, desaparecido a principios de este año) y la Secretaría de Hacienda presentaron un recurso de revisión contra el amparo otorgado, pero como las cirugías ya estaban hechas, una en marzo y otra en abril de este año por el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, en cumplimiento a la suspensión definitiva otorgada, pues los recursos seguramente tratan de combatir otras consecuencias”, comentó.

Menores de edad. Batallas legales. Foto: Eduardo Miranda 

La abogada explicó que, en sus sentencias de amparo, el juez declaró que, aunque el gobierno federal desapareció el Seguro Popular y con él el programa de Seguro Médico Siglo XXI, el Estado a través del Insabi tiene la obligación de seguir prestando los mismos servicios de estos dos, lo que sienta un precedente que es el que probablemente intenta combatir el gobierno federal con sus recursos de revisión.

Este año la 4T desapareció el Insabi para que sus funciones sean absorbidas por el IMSS Bienestar, por lo que Álvarez comentó que ahora es necesario investigar si va a ocurrir la misma lógica que estableció el juez con el Seguro Popular.

Es decir, si el IMSS Bienestar va a continuar con la obligación que tenía el Insabi que le fue “heredada” por el Seguro Popular y el programa de Seguro Médico Siglo XXI.

Mientras tanto, la abogada celebró que sus representadas no tuvieron que esperar a conseguir el amparo para que les colocaran sus implantes a tiempo.

“Las niñas han evolucionado muy bien con sus implantes, las dos ya están yendo a la escuela, además de las terapias de adquisición del lenguaje oral, y todo gracias a una suspensión, ni siquiera tuvieron que esperar el amparo porque estábamos trabajando contra el tiempo”, dijo.

Proceso