La Corte Suprema dejó firme la resolución que impide a la administración de Donald Trump restringir ese derecho mediante una orden ejecutiva; el fallo reafirma la protección de la Decimocuarta Enmienda
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Corte Suprema de Estados Unidos confirmó que los niños nacidos en territorio estadunidense de padres que se encuentran en el país de manera irregular o con un estatus migratorio temporal conservan su derecho a la ciudadanía por nacimiento, al dejar firme el fallo que invalidó el intento del presidente Donald Trump de restringir esa garantía constitucional.
La decisión representa un revés para la administración de Trump, que en enero de 2025 emitió una orden ejecutiva para negar la ciudadanía automática a los hijos de inmigrantes indocumentados y de algunas personas con visas temporales, bajo el argumento de que esos menores no estaban plenamente sujetos a la jurisdicción de Estados Unidos.
La mayoría de la Corte concluyó que la Decimocuarta Enmienda protege el principio de ciudadanía por nacimiento y que el Poder Ejecutivo no puede modificar ese derecho mediante una orden presidencial. El fallo retoma la interpretación constitucional establecida desde finales del siglo XIX en el precedente United States v. Wong Kim Ark.
El caso volvió a cobrar relevancia luego de que la administración Trump dejara vencer el plazo para solicitar una reconsideración del fallo, con lo que la resolución quedó firme y la orden ejecutiva quedó definitivamente sin efectos.
Con ello, los menores nacidos en Estados Unidos continúan adquiriendo la ciudadanía desde el nacimiento, independientemente de la condición migratoria de sus padres, salvo las excepciones históricas previstas por la Constitución, como los hijos de diplomáticos extranjeros.
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