TEPJF desecha supuesta calumnia de AMLO contra Adrián de la Garza

El recurso fue interpuesto por el PRD, quien afirmaba que el mandatario inculpó al entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León, de la distribución de tarjetas de apoyo.

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó la queja interpuesta por el PRD contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por presunta intromisión en el pasado proceso electoral al inculpar al entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León de la coalición PAN-PRD, Adrián de la Garza, en la comisión de presuntos delitos electorales.

Por unanimidad, los magistrados adujeron que, tratándose de denuncias relacionadas con calumnias, las únicas personas o sujetos legitimados para reclamar son los propios afectados, por lo que el denunciante (el PRD) carece de legitimidad para hacerlo.

El 12 de mayo último, en efecto, el PRD, por conducto de su Dirección Nacional Ejecutiva, presentó una queja en contra del presidente López Obrador por la indebida intromisión en el proceso electoral al acusar en la conferencia matutina a De la Garza de la comisión de delitos con la distribución de tarjetas, lo cual, a juicio del quejoso, constituyó presuntamente calumnia y vulneró el principio de presunción de inocencia, amén de que el mandatario pretendió incidir en la ciudadanía al momento de emitir su voto.

Al respecto, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE (UTCE) se declaró incompetente para conocer de la queja y ordenó remitirla a la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León, la cual formuló consulta a esta Sala Superior, a fin de que determinara cuál era el órgano competente para conocer, tramitar y resolver.

La Sala Superior indicó que la UTCE era competente, instancia que el 31 de mayo decidió desechar la denuncia del PRD con el argumento de que carecía de legitimación.

Este fallo fue impugnado por el PRD y este miércoles la Sala Superior determinó que el PRD no tenía atribuciones para actuar a nombre y cuenta del candidato.

Revocan sanción a Samuel García

En otro asunto, por unanimidad de votos, la Sala Superior revocó lisa y llanamente la resolución de la Sala Regional Especializada, la cual había declarado la existencia de violencia política contra las mujeres por razón de género, en contra de Clara Luz Flores, entonces candidata a la gubernatura de Nuevo León de la coalición “Juntos Haremos Historia” (Morena, PT, Verde y Nueva Alianza), y el uso indebido de la pauta derivado de la difusión de los promocionales “No soy como ellos” y “La vieja política NL” por parte Samuel García, entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León y al partido Movimiento Ciudadano, a los cuales se les había impuesto una sanción económica de 44 mil 810 pesos y 89 mil 620 pesos, respectivamente. Además, se ordenó aplicar medidas de reparación integral.

Al analizar los promocionales de manera exhaustiva, la Sala Superior no advirtió la existencia de violencia política de género, ya que las expresiones utilizadas no se basaron en estereotipos de género en contra de Clara Luz Flores, sino que son una crítica hacia ella, sin demeritar su trayectoria política, ni restar méritos a su labor y tampoco la presentan como una opción inviable o incapaz de gobernar por el hecho de ser mujer, por lo que se revocó la resolución de la Sala Especializada y quedaron sin efectos las infracciones.

 

 

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